Tercer Ojo Inform...
Conacyt elimina garantía para investigadores y aspirantes al SNI
Con la derogación del artículo 34 del Reglamento, ahora los cambios entran en vigor inmediatamente, no al siguiente año.

El Diario Oficial de la Federación (DOF) publicó ayer una reforma más al Reglamento del Sistema Nacional de Investigadores (SNI), del Consejo Nacional de Cienciay Tecnología (Conacyt). Esta es la tercera reforma en 10 meses a las reglas con las que opera el mecanismo de apoyo económico a más de 30 mil científicos del país. La consecuencia de la nueva modificación es que los investigadores tendrán que someterse a evaluación bajo criterios publicados hace tres meses y no con los establecidos cuando inició el proceso de renovación de membresía 2021.
El nuevo cambio logró la desaparición de un artículo que se había convertido en un obstáculo administrativo para que la actual dirección de Conacyt cambiara lo antes posible los criterios de evaluación para el ingreso y permanencia en el SNI. Para ello derogó el Artículo 34 del Reglamento del SNI, que evitaba de las reformas afectaran procesos en curso y por ello indicaba que cualquier cambio al reglamento se vería reflejado hasta la convocatoria del siguiente año.
El artículo que desapareció ayer indicaba:
Artículo 34. Al publicarse nuevos criterios específicos de evaluación en el portal del CONACYT, los mismos entrarán en vigor en la convocatoria del año subsecuente.
Con la reforma publicada este viernes, el proceso de evaluación 2021 deberá sujetarse a las reformas publicadas en el segundo trimestre de este año, en lugar de esperar hasta el proceso de evaluación del año 2022. Esto elimina el principio de No Retroactividad.
A lo largo del actual gobierno federal, la Junta de Gobierno del Conacyt ha aprobado y expedido tres veces reformas al Reglamento del SNI y todas han generado crítica es incluso juicios de amparo en su contra: el 21 de septiembre de 2020; el 20 de abril de 2021 y ahora, el 30 de julio de 2021.
En las dos reformas publicadas este año se han hecho correcciones por errores e imprecisiones cometidos en la versión anterior, pero también en cada caso se han documentado efectos negativos para los investigadores. El cambio de hoy hará que los requisitos que se evaluarán para ingresar o permanecer en el Sistema Nacional de Investigadores (SNI) sean los aprobados hace tres meses, en lugar de aplicarse en 2022.
Perjuicio legal
Un análisis a la reforma publicada ayer, realizado cuando fue ingresado a la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (CONAMER) y compartido con Crónica explica que el tercer cambio al Reglamento del SNI es un ejemplo de “retroactividad a la norma en perjuicio de los particulares”, ello en contravención a lo dispuesto en el Artículo 14 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
El Conacyt pidió a la CONAMER avalar su cambio con el argumento de que al derogar el Artículo 34 del Reglamento del SNI se contribuía a generar certeza jurídica en relación con la aplicación de criterios, pero realmente el artículo que se eliminó no tenía un problema de interpretación ya que era muy claro que los criterios aprobados en 2021 se aplicarían a partir del año siguiente.
De acuerdo a lo que hasta ayer señalaba el Artículo 34 del reglamento del SNI los investigadores que ingresaron su solicitud al SNI este año debían ser evaluados con los criterios vigentes en mayo y los nuevos criterios deberían entrar en vigor hasta 2022.
“En caso de que la reforma de derogación sea procedente los criterios se aplicarían en perjuicio de los particulares y ocasionaría una afectación a sus garantías de seguridad y certeza jurídica”, explica este análisis que se elaboró cuando la derogación del Artículo 34 todavía estaba en CONAMER.
Es oportuno recapitular que este reglamento ha sido modificado de forma frecuente, ajustándolo a las necesidades del momento del Consejo y con ello afectando a particulares.
PRIORIDAD. Cuando la Comisión de Mejora Regulatoria sometió a consulta pública la segunda reforma al Reglamento del SNI, se hicieron estos señalamientos:
Sustituye los criterios de calidad por mérito para la evaluación de expedientes.
Designación directa de integrantes de comisiones evaluadoras en lugar de selección por pares.
Alineación de criterios de evaluación a los Programas Nacionales Estratégicos (PRONACES)
Sectores estratégicos sujetos a la agenda de estado.
Renuncia a la vinculación investigación-docencia.
Desaparecen menciones a ciencia básica y biotecnología.
Desaparece vinculación con empresas y organizaciones sociales.
Síguenos en redes sociales o suscríbete nuestro boletín informativo en nuestra página web y mantente informado.
Facebook | Instagram | YouTube
