Redacción Daniel Lee
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De acuerdo con los lineamientos para la implementación y operación del Banco Nacional de Datos Forenses, a cargo de la fiscalía general de la República, la información de las personas desaparecidas deberá estar interconectada en tiempo real con registros de la federación e instituciones; y las solicitudes de búsqueda serán automatizadas.
El Banco deberá estar interconectado con los Registros: Nacional de Personas Fallecidas no Identificadas y no Reclamadas; Nacional de Fosas Comunes y de Fosas Clandestinas; Forense Federal; Nacional de Detenciones, y Nacional de Personas Desaparecidas y no Localizadas.
Se contará con un ‘manejador de consultas’ de información con criterios que incluyan nombre, alias, seudónimo; filiación descriptiva; perfil genético; objetos; prendas, y puntos de hallazgo y recuperación, entre otros.
La consulta del Banco Nacional de Datos Forenses se podrá solicitar por conducto del agente del ministerio público a cargo de la investigación, a través de la Comisión Nacional de Búsqueda de Personas o las Comisiones de Búsqueda de Personas en las entidades federativas o por mandato de la autoridad judicial.
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