Joel Charles ANCOP
En cuanto se publicó el plan B para reformar el INE en el DOF (Diario Oficial de la Federación) el futuro de esta reforma por la que tanto se discute y habla en las últimas semanas, pasó a manos de los tribunales.
Ayer a primera hora, el INE impugnó ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) el artículo transitorio que ordena el cese de funciones del secretario ejecutivo del instituto, Edmundo Jacobo Molina, quien en 2020 fue designado para un nuevo periodo de seis años.
El INE considera que sólo el Consejo General tiene la facultad de destituir a quien ocupe este cargo, ya que es la autoridad facultada para nombrarlo con el voto de las dos terceras partes.
Por otra parte, Mario Delgado, el líder nacional del partido Morena ha dicho que planea defender esta reforma electoral cueste lo que cueste, por todos los medios políticos y jurídicos.
Afirmó que el plan B no es anticonstitucional y no pone en riesgo la democracia y mucho menos el voto de las y los ciudadanos, espera que esta reforma se apruebe para así poder asegurar la austeridad en los órganos electorales.
Tenemos la otra cara de la moneda, donde está la coalición del PRI, PAN, PRD los cuales rechazan esta reforma llamándola “el tóxico plan B” anunciando diversas impugnaciones.
El diputado y presidente del PRI, Alejandro Moreno, expresó que con la promulgación de la reforma inició la batalla legal en la que el tricolor se sumará “para defender a la democracia”.
El líder del PRD, Jesús Zambrano, señaló que la promulgación del plan B corresponde a la molestia del jefe del Ejecutivo por la marcha ciudadana del pasado 26 de febrero.
En tanto, el presidente de la Cámara de Diputados, Santiago Creel, informó que buscará que las impugnaciones por parte de la oposición que se presenten se resuelvan a la mayor brevedad.
En las primeras horas de ayer, el INE interpuso un juicio electoral ante el TEPJF, con carácter de urgente, por considerar que se viola la autonomía del Instituto, el cual está facultado para remover o no a un secretario Ejecutivo, además de que se argumenta que la ley no puede ser privativa, es decir, expedirse con dedicatoria en contra de alguien específico.
El INE consideró que sólo el Consejo General tiene la facultad de destituir al secretario ejecutivo, ya que es el facultado para nombrarlo, con el voto de las dos terceras parte del Consejo.
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