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Invalida Corte Acuerdo por restringir el derecho de acceso a la información sobre obras

insignias del Gobierno


Redacción Daniel Lee

Por mayoría de seis votos, el Pleno de la Corte decidió invalidar totalmente el Acuerdo del Ejecutivo Federal que declaraba de seguridad nacional las obras del Gobierno de México.

Esto, como efecto de haber determinado su inconstitucionalidad en la sesión previa, por, entre otras razones, restringir el derecho de acceso a la información y afectar competencias del Inai.

El ministro ponente, Juan Luis González Alántara Carrancá argumentó: “Si el efecto de la sentencia es invalidar el acuerdo respecto al Poder Ejecutivo, y el acuerdo iba dirigido a las dependencias y entidades que son parte del ejecutivo, el acuerdo se invalida en su totalidad ligar lo anterior no significa que se esté dando tratamiento de norma general al acuerdo estudiado”

Por su parte, el ministro Javier Laynez Potisek señaló: “El hecho de que se invalide ahora el acuerdo por esos ocho votos, y que parezca que le estamos dando efectos generales, perdónenme, señores, pero en todos estos casos es inevitable, pero eso no significa que lo estemos aplicando a órganos que no vinieron, eso significan los efectos entre las partes”.

El debate en la sesión fue sobre los alcances de la declaración de invalidez, pues, al tratarse de una controversia constitucional los efectos son entre las partes, en este caso, entre el Poder Ejecutivo Federal y el Inai.

La postura que no alcanzó la votación mayoritaria planteaba que el efecto de la invalidez fuera que el Acuerdo no lo invocaran órganos de la administración pública federal en relación con facultades del Inai.

A su vez, el ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo dijo: “Lo que me parece es que cuando haya alguna petición de transparencia por conducto del Inai, respecto de estas dependencias del ejecutivo federal, no se va a poder invocar este acuerdo para sustentar que como se trata de información, ya sea de seguridad nacional, o de interés público, esté reservada respecto de cualquier acceso a esa información”.

De esta forma el Pleno de la Suprema Corte dio por resuelta la controversia constitucional promovida por el Inai.

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