En una sesión pública, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ha decidido respaldar el acuerdo del Instituto Nacional Electoral (INE) sobre paridad de género.
Este acuerdo, que establece la obligatoriedad de postular a cinco mujeres en las nueve entidades con elecciones a gubernaturas el próximo año, generó controversia durante la sesión.
Con dos votos a favor y tres en contra, las magistradas Janine Otálora y Mónica Soto se pronunciaron a favor de conservar el principio de paridad de género para garantizar la participación política de las mujeres.
Felipe de la Mata Pizaña, magistrado del TEPJF, propuso inicialmente revocar el acuerdo del INE, argumentando que el sistema jurídico electoral no otorga facultades explícitas al INE para garantizar la paridad en las elecciones. Señaló que esta responsabilidad recae en el Congreso de la Unión y las legislaturas locales.
El proyecto también proponía reglas específicas para garantizar la paridad de género, estableciendo que los partidos políticos debían elegir a mujeres como candidatas en Chiapas, Ciudad de México, Guanajuato, Morelos, Puebla, Tabasco, Veracruz y Jalisco. Yucatán quedaba excluido de la medida, considerando que su legislación local ya cumplía con las reglas de paridad de género.
En consecuencia, la sentencia quedó de la siguiente manera: "En el recurso de apelación 327 y su acumulado, se resuelve: se modifica el acuerdo controvertido en los términos precisados en la ejecutoria".
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