En una decisión dividida, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó, con tres votos a favor y dos en contra, el acuerdo del Instituto Nacional Electoral (INE) que imponía medidas restrictivas al partido Morena respecto a la venta de artículos utilitarios y peluches conocidos como "Amlitos" durante el periodo electoral.
El INE había instado a los partidos políticos a colaborar con las autoridades locales para eliminar a comerciantes sin licencia en eventos electorales, lanzar un spot desalentando la compra de dichos productos, e identificar a los productores y vendedores para persuadirlos de dejar de comercializar. Estas medidas buscaban desvincular al partido de la venta de estos artículos, considerados como "inviables" por todos los magistrados.
El magistrado Felipe Fuentes, encargado de la ponencia del proyecto de sentencia, expresó su opinión durante la sesión, indicando: "Creo yo que en ese sentido lo que se está atacando es el beneficio que le puede producir al partido el hecho de que se vendan estos artículos, y ahí no encuentro yo ningún acto en favor del partido, lo que veo es un acto de comercio".
Sin embargo, el magistrado Felipe de la Mata Pizaña cuestionó la viabilidad de rastrear o impedir el comercio de los "Amlitos", señalando que, según una búsqueda en internet, estos eran fabricados en China y enviados vía marítima a México.
"¿Por qué motivo habría que prohibirles a los particulares su distribución y venta? Cabe decir que de eso viven", agregó.
A favor de revocar el acuerdo del INE, votaron los magistrados Fuentes y Mata Pizaña, junto con la ministra presidenta, Mónica Soto. A pesar de reconocer la dificultad de cumplir con las restricciones, los magistrados Janine Otálora y Reyes Rodríguez votaron en contra de revocar el acuerdo, sugiriendo su modificación en lugar de su anulación.
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